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¿tengo trabajando 12 años en una empresa es persona fisica, y ya quiero renunciar , me toca algo de liquidacion ?Mi jefe no esta de acuerdo 5 Respuestas disponibles
Hola buenos dias... Si tiene derechos a las partes proporcionales de 1.-aguinaldo, 2.-vacaciones y 3.-prima vacacional. lamentablemente a pesar de que tiene 12 años laborando conforme a la LFT. la prima de antiguedad corresponde unicamente a los trabajadores que tienen mas de 15 años trabajando aun cuando se retiren voluntariamente o cuando exista un despido seria en cualquier tiempo. mas la indemnizacion por despido de tres meses. estamos a sus ordenes.
tu lo has dicho quieres renunciar, cuando tu renuncias la palabra lo dice renuncias a tu antiguedad y a cualquier beneficio que podrias tener por ello y solo te corresponde las prestaciones de ley, como son aguinaldo vacaciones y prima vacacional claro solo la parte proporcional que te toca y alguna indemnizacion que tu patron quisiera darte
si tu renuncias, te daran solo partes proporcionales de algunas prestaciones laborales, sin embargo si nos llamas o te pones en contacto por correo con nosotros podemos asesorarte de como encuadrar un despido injustificado para que de esta manera no solo consigas que te paguen tu prima de antiguedad correspodiente sino que tus prestaciones se vean aumentadas. antes de contactarnos visita nuestra pagina en internet, te enviamos la liga.
No nada de liquidación, solo las partes proporcionales de aguinaldo vacaciones prima vacacional y lo k te adeude por concepto de sueldos. Hasta los 15 años cumplidos te toca prima de antiguedad
Si RENUNCIAS, solo te corresponde el finiquito, que consiste en 1.- Sueldo devengado (semanal, o quincenal), 2.- La parte proporcional de Aguinaldo, 3.- Vacaciones, y 4.- Prima Vacacional. Por consiguiente, no tienes derecho a cobrar la Prima de Antiguedad, porque ésta solo se paga a los trabajadores que laboraron más de 15 años, o que son despedidos. Yo te sugeriría que no renuncies, sobre todo por los 12 años que ya tienes trabajando, mejor espera a que sea el patron quien te despida, y si se da este supuesto entonces podras cobrar, además del Finiquito, la Prima de Antiguedad, que consiste en 12 dias equivalentes al doble del salario minio por cada año de servicios prestados (En tucaso al ser 12 años: 12x2x57.46x12= $16,548.48, tu decides si deseas perderlos), adicionado de la indemnización constitucional de 3 meses de Sueldo (90 dias x Cuota Diaria). Si renuncias, no te pagarian estas dos ultimas prestaciones. Tú decides. Suerte, saludos, L.C. Joel Moreno Necesita ingresar antes de poder responder esta pregunta |